
CAPÍTULO 1. DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO
Se consideran deportistas de alto rendimiento:
a) Quienes sean en la actualidad, o hayan sido el año anterior, deportistas de alto nivel, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 971/2007 de 13 de Julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
b) Deportistas pertenecientes al plan ADO.
c) Los miembros de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que participen en los campeonatos de España universitarios, cuyo rendimiento deportivo les haga acreedores de esa categoría (medallistas de oro, plata o bronce).
d) Deportistas convocados a selecciones nacionales y universitarias en el presente año, o lo hayan sido el año anterior.
e) Los alumnos de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea integrados en las fundaciones de Bizkaia, Alava y Gipuzkoa que promueven el deporte de élite.
Art. 3 Ayudas. Consulta las convocatorias del presente curso
1.- A propuesta del Servicio de Deportes, la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en la medida de sus posibilidades, tramitará las solicitudes de cambios de horarios, grupos, tutorías, exámenes y permanencias de los alumnos deportistas de alto rendimiento, que sean necesarios para compatibilizar los estudios con el entrenamiento diario, la competición y las concentraciones fuera de la residencia habitual, según establece el Art. 53.2 d) de la Ley 10/1990 de 15 de Octubre, del deporte.
2.- A aquellos deportistas de alto rendimiento seleccionados que representen a la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, se les dotará por parte del Servicio de Deportes del equipamiento deportivo que se considere necesario para la competición. Así mismo se les facilitará dentro de la disponibilidad, de las instalaciones deportivas y medios adecuados para que el deportista pueda desarrollar el especializado entrenamiento que requiere el alto rendimiento deportivo, en la modalidad que se practique.
3.- La Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, a través del Servicio de Deportes, ayudará con bolsas de estudio para desplazamientos y/o manutención y/o alojamiento y/o matrícula a los deportistas de alto rendimiento. La cuantía de estas ayudas estará en función del presupuesto que a tal fin haya sido acordado y del rendimiento de los deportistas.
4.- Créditos de libre elección y en estudios de grado.
Los alumnos deportistas de alto rendimiento podrán amortizar créditos de libre elección y en estudios de grado, de acuerdo con la normativa aprobada por el Vicerrectorado de Ordenación Académica para el curso 2011 – 2012.
Fecha de la última modificación: 01/09/2011